Auto Supremo AS/0354/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0354/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Asimismo, este Tribunal desarrolló jurisprudencia sobre el “principio de continuidad”, estableciendo que para dar curso

Asimismo, este Tribunal desarrolló jurisprudencia sobre el “principio de continuidad”, estableciendo que para dar curso a lo cuestionado por el recurrente que alega vulneración al principio mencionado; es menester establecer exactamente qué negligencia, impericia o actos ilegales fueron cometidos por el Tribunal de instancia, para asumir la inobservancia al principio de continuidad y considerar contrarios a los criterios esbozados en los precedentes invocados por las partes recurrentes, lo que debe responder a una compulsa y revisión de tales actuaciones de los procesos, pues se debe considerar que no es requisito o presupuesto sine qua non que sea verificable y objetivamente palpable que se haya incurrido en afectación al principio de continuidad en un juicio oral, incumpliendo las formas previstas por los arts. 334, 335 y 336 del CPP; sino que, éste defecto debe ser necesariamente reclamado y con la adecuada argumentación por la parte en su debido momento; es decir, que deben ser advertidas al Tribunal de Sentencia tales irregularidades oportunamente, así como también las partes, en uso de sus facultades procesales, si consideran que se está infringiendo el procedimiento regular e incurriendo en posibles defectos, tienen la obligación de impugnar aquello y ejercer los recursos que franquea la Ley pertinentemente