Consiguientemente, del análisis integral y sistémico de los elementos de prueba cursantes en obrados, se
Consiguientemente, del análisis integral y sistémico de los elementos de prueba cursantes en obrados, se evidencia que Abraham Aguilar Villalba fue dependiente de la empresa Tolín, habiendo sido contratado por una de las denunciadas, y es cierto lo manifestado por el trabajador en la inspección ocular, que al momento de ingresar a trabajar los trabajadores entregan su carnet de identidad; empero los empleadores no lo hacen, siendo que pueden hacerse llamar por otros nombres o apodos, si bien es cierto que no pudo identificarse con precisión quién lo contrató; empero, este elemento pierde eficacia frente a los demás elementos probatorios identificados y explicados precedentemente; esta aparente contradicción al no identificar a la persona que consideraba que tenía un nombre diferente al que conocía el trabajador; no da fe que el actor pretenda un pago de beneficios sociales, fingiendo una relación laboral que nunca existió en una empresa de nombre TOLIN; pretender dar por falso este hecho carece de razonabilidad
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandante de fs
- Error “in procedendo” y falta de fundamentación del Auto de Vista, al no haberse pronunciado
- 2) El acta de inspección judicial, donde el propio Juez de primera instancia percibió sensorialmente
- 3) El informe de la oficial de diligencias, a fs
- 4) El acta de audiencia de inspección judicial realizado por el Juez 1° de Trabajo
- 5) En la declaración espontánea realizada por Helen Tania Santamaría Bernal ante el Juzgado 1°
- 6) Recortes del periódico “El Diario” de 28 de julio y 20 de septiembre de
- Agrega que el Auto de Vista impugnado es arbitrario, porque carece de una descripción individual
- Errores “in iudicando”, error de hecho en la apreciación de la confesión provocada y la
- Denunció que se cometió error de hecho “en la deducción probatoria”, al haber afirmado que
- Cuestionario que no han sido respondidos por los codemandantes, y que según la Juez de
- Asimismo, reclamó que el Tribunal de alzada no realizó una apreciación correcta de la inspección
- Dichos documentos evidencian la existencia fehaciente del taller de la Empresa Tolin, ubicado en la
- Petitorio
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Así también, se debe considerar que la Constitución Política del Estado, instituye los principios de
- Bajo esta regulación constitucional y en base al análisis de los antecedentes en el caso
- El art
- En efecto, el recurrente indicó que existieron Errores “in iudicando”, error de hecho en la
- Así, el Tribunal de alzada en el acápite II
- Pese a esta explicación argumentativa, este Tribunal de Casación encuentra que el agravio expresado por
- A efecto de tener certidumbre sobre los aspectos venidos en casación corresponde señalar
- A fs
- No obstante haber reconocido el Juez de instancia la aplicación del art
- Lo reproducido, revela inobjetablemente que el juez de primera instancia dio por respondidos positivamente los
- Del mismo modo se dan por ciertos los interrogatorios de fs
- Respecto al acta de inspección ocular que cursa de fs
- En el acta de inspección ocular consta que el demandado Marco Antonio Santamaría Bernal, refiere:
- Se advierte, de lo expresado por el juez, que sólo valoró una parte del acta
- La inspección ocular tenía el propósito que el Juez de instancia evidencie de manera directa
- Este informe, es un elemento más que da fuerza para advertir que los denunciados negaron
- 4. Del acta de audiencia de inspección judicial de 17 de febrero de 2016
- 5. Memorial de devolución de cedulón – su contenido
- Así suma otro elemento que nace de la propia expresión de una de las demandadas
- 6. Sobre los recortes de periódico
- Estos recortes de periódico dan fe del requerimiento de costureros con experiencia, siendo la dirección
- A los seis puntos desarrollados, debe sumarse que este Tribunal Supremo advierte la siguiente contradicción:
- Consiguientemente, del análisis integral y sistémico de los elementos de prueba cursantes en obrados, se
- En tal razón, se establece que el fallo emitido por el Tribunal de alzada, no
- No obstante, no puede este Tribunal abstraerse y considerar que el interrogatorio no absuelto en
- Por lo referido, conforme al art
- Correspondiendo cancelar al actor desahucio por el despido injustificado; indemnización por 1 año, 9 meses
- Bajo ese contexto normativo, se establece que el promedio salarial indemnizable está constituido por el
- Por consiguiente, se concluye que el Tribunal de apelación incurrió en errónea apreciación de la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- No se regula el honorario de abogado, por no haber sido contestado el recurso
- Sin multa al Tribunal por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
