Debe añadirse que en el marco de la doctrina legal aplicable descrita el Juez de
Debe añadirse que en el marco de la doctrina legal aplicable descrita el Juez de Sentencia acertadamente circunscribió su análisis en la verificación de los elementos constitutivos del tipo penal establecido en el art. 346 del CP, trasuntados en la existencia de daño o perjuicio en sus bienes que le fueron confiados y la retención de dichos bienes, sobre los que no tenía derecho de propiedad, elementos que contrastan a los hechos acusados por el recurrente, no siendo cierta la falta de fundamentación analítica o intelectiva de la valoración de la prueba de cargo, contrariamente, si existió una asignación valorativa a las pruebas y fueron relacionadas de forma conjunta que demuestran la aplicación del método de la sana crítica, fundado y ceñido específicamente en los elementos constitutivos del delito de Abuso de Confianza, razonamiento que fue correctamente aprobada por el Tribunal de alzada a momento de emitir el Auto de Vista impugnado, siendo suficiente la subsunción de los hechos y la conducta del acusado a los elementos del tipo penal descrito en el art. 346 de la norma sustantiva, debido a que quedó comprobada la existencia del daño o perjuicio, la retención de lo recibido sin la intención de devolver, elementos que se configuran plenamente al tipo penal acusado. Consiguientemente, se constató que existió una argumentación intelectiva sustentable que contrarresta la pretensión del recurrente, no existió defecto absoluto por fundamentación insuficiente, mucho menos la falta de control de logicidad a la Sentencia; por lo que, el recurso de casación deviene en infundado
- Por memorial presentado el 6 de diciembre de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 014/2018 de 14 de septiembre (fs
- Contra la referida Sentencia, el acusado Marco Clebert Campos Chacón (fs
- El recurrente, denuncia que el Auto de Vista incurrió en defecto absoluto por fundamentación y
- El recurrente solicita que el Tribunal Supremo dejando sin efecto el Auto de Vista recurrido
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 77/2020-RA de 20 de enero, este Tribunal admitió el recurso de casación
- Por Sentencia 014/2018 de 14 de septiembre, el Juzgado de Sentencia Segundo del Tribunal Departamental
- II.2. De la apelación restringida
- Contra dicha Sentencia, el querellado Marcos Clebert Campos Chacón, interpuso recurso de apelación restringida, bajo
- El Auto de Vista 09/2019 de 3 de septiembre, dictado por la Sala Penal Primera
- Entre los componentes primordiales que rige el debido proceso como garantía constitucional de protección del
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.2.Análisis del caso concreto
- En el ámbito del análisis delimitado por el Auto de Admisión emitido en la causa, debe
- En el caso de autos, se verifica que una vez emitida la sentencia condenatoria, el
- En este sentido, de la revisión del Auto de Vista impugnado, se constata que el
- Debe añadirse que en el marco de la doctrina legal aplicable descrita el Juez de
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- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
