Por Sentencia 014/2018 de 14 de septiembre, el Juzgado de Sentencia Segundo del Tribunal Departamental
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de análisis del recurso, se establece lo siguiente:
II.1. De la Sentencia.
Por Sentencia 014/2018 de 14 de septiembre, el Juzgado de Sentencia Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Marco Clebert Campos Chacón, autor en la comisión del delito de Abuso de Confianza, imponiendo condena de un año y seis meses de reclusión, en base a los siguientes argumentos:
Bajo el epígrafe de aplicación de la sana crítica y subsunción de la conducta del querellado al delito acusado, estableció según el pliego acusatorio del querellante Raúl Dustin Guzmán Barrenechea, que éste entregó dinero a Marcos Clebert Campos Chacón, para la compra de televisores y celulares de Iquique, que no quiere devolver; en relación al Abuso de Confianza, refirió los elementos constitutivos del delito (1. La existencia de una confianza derivada de una relación puede ser jurídica o material; 2. Causar daño o perjuicio a bienes ajenos, también puede configurarse el delito cuando se retienen los bienes dejados a titulo posesorio), afirmando que, en los hechos fue probado suficientemente la relación jurídica que existió entre las partes, entendiéndose que no implica una confianza de amistad o parentesco para ser vulnerado, así no atañe a una relación legal derivada de un convenio entre los mismos, que en el caso de auto se determinó de manera efectiva la forma de convenio si fue entregado a Marcos Clebert Campos Chacón por el acusador, se acreditó el daño o perjuicio ocasionado al acusador sobre el dinero entregado para la compra de televisores y celulares en no restituir lo restante de la compra y hacer una rendición de cuentas, con la prueba testifical llegó a determinar aquello generando en definitiva la suficiente convicción en el juzgador para establecer la participación y subsunción de la conducta del acusado en la comisión del delito de Abuso de Confianza, en tal virtud concluye, que aplicando justicia debe imponerse una sanción al acusado
- Por memorial presentado el 6 de diciembre de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 014/2018 de 14 de septiembre (fs
- Contra la referida Sentencia, el acusado Marco Clebert Campos Chacón (fs
- El recurrente, denuncia que el Auto de Vista incurrió en defecto absoluto por fundamentación y
- El recurrente solicita que el Tribunal Supremo dejando sin efecto el Auto de Vista recurrido
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 77/2020-RA de 20 de enero, este Tribunal admitió el recurso de casación
- Por Sentencia 014/2018 de 14 de septiembre, el Juzgado de Sentencia Segundo del Tribunal Departamental
- II.2. De la apelación restringida
- Contra dicha Sentencia, el querellado Marcos Clebert Campos Chacón, interpuso recurso de apelación restringida, bajo
- El Auto de Vista 09/2019 de 3 de septiembre, dictado por la Sala Penal Primera
- Entre los componentes primordiales que rige el debido proceso como garantía constitucional de protección del
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.2.Análisis del caso concreto
- En el ámbito del análisis delimitado por el Auto de Admisión emitido en la causa, debe
- En el caso de autos, se verifica que una vez emitida la sentencia condenatoria, el
- En este sentido, de la revisión del Auto de Vista impugnado, se constata que el
- Debe añadirse que en el marco de la doctrina legal aplicable descrita el Juez de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
