Auto Supremo AS/0377/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0377/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Conforme a los fundamentos del presente análisis, a momento que el Tribunal de apelación procedió


Conforme a los fundamentos del presente análisis, a momento que el Tribunal de apelación procedió a realizar la revisión del recurso de apelación del acusado sobre el defecto alegado regulado en el art. 370 inc. 6) del CPP, por la forma en que fue formulado, no permitía concluir en diferente sentido al razonado en el Auto de Vista, siendo que la impugnación realizada fue genérica y no particular, porque si bien señaló las pruebas que consideró como defectuosamente valoradas, se limitó a indicar que tal defecto recaía en los elementos de la sana crítica (experiencia, ciencia y lógica), cuando como se desglosó anteriormente, cada elemento tiene sus propias particularidades y alcances que debieron ser argumentadas en el sentido que se pretendía impugnar por parte del recurrente y no hacer una mención genérica al respecto para pretender alegar en casación un defecto en el control de logicidad, que fue resuelto en los mismos términos planteados en el recurso de apelación, debiéndose considerar, a mayor abundamiento, lo definido por la jurisprudencia emitida por este Tribunal de casación en el Auto Supremo 208/2017-RRC de 21 de marzo que señaló: “…..La Constitución Política del Estado en su art. 180.I, entre sus principios rectores en los que fundamenta la jurisdicción ordinaria, establece la legalidad, en virtud de la cual los actos de toda autoridad que ejerce jurisdicción en nombre del Estado, se hallan sometidos a la Constitución, Leyes y Tratados Internacionales