El Tribunal de apelación, no pudo haber incurrido en falta de control de logicidad sobre
El Tribunal de apelación, no pudo haber incurrido en falta de control de logicidad sobre el defecto, porque como se pudo determinar de obrados, se veía impedido de resolver cuestiones deficientemente planteadas en apelación restringida y, a pesar de ello, resolvió ejercer la lógica sobre la comunidad probatoria, para luego expresar criterio judicial sobre las conclusiones arribadas por el Tribunal de Sentencia Primero de Camiri, en aplicación del precepto previsto por el art. 398 del CPP, considerando además que al momento que las partes ejerzan el recurso de casación, tampoco pueden cuestionar aspectos que no fueron resueltos en mérito a su propia actividad recursiva, siendo que la base en el ejercicio del derecho a la impugnación, será precisamente bajo los términos argumentados y recurridos, que se reflejarán en toda resolución de apelación
- Por memorial presentado el 22 de octubre de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Mediante Sentencia 012/2019 de 16 de abril, el Tribunal Primero de Sentencia de Camiri del
- Contra la mencionada Sentencia, el acusado Isaac Anívarro Contreras, interpuso recurso de apelación restringida, que
- I.1.1. Motivo del Recurso de Casación
- Del recurso de casación interpuesto, conforme al mandato establecido por los arts
- I.1.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 172/2020-RA de 6 de febrero, este Tribunal admitió el recurso de casación
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 012/2019 de 16 de abril, el Tribunal de Sentencia Primero de Camiri del
- Si bien se confirmó el contagio de una enfermedad de transmisión sexual en la víctima
- El acusado Isaac Anívarro Contreras interpuso recurso de apelación restringida, de acuerdo a los siguientes
- La Sentencia incurre en valoración defectuosa de la prueba conforme prevé el art
- Existe vulneración al principio de presunción de inocencia garantizado por el art
- La Sentencia se basó en hechos descritos en la acusación, donde se puede observar el
- En Sentencia se ejercieron las reglas de la sana crítica a tiempo de expresar la
- De acuerdo a los argumentos del recurrente se aduce que el Auto de Vista impugnado
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- El art
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, el tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2. Análisis del caso concreto
- El recurrente aduce que el Tribunal de Apelación, al pronunciar el Auto de Vista impugnado,
- Argumentos concordantes con los entendimientos asumidos en los Autos Supremos 332/2012-RRC de 18 de diciembre
- En ese contexto el Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación restringida, tiene
- Asumiendo la doctrina legal aplicable, para establecer si la decisión asumida por el Tribunal de
- (…) El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al
- En consecuencia, independientemente de que el recurrente no dio cumplimiento a tales previsiones establecidas por
- Por tales cuestiones, de la compulsa a lo establecido por el Auto de Vista impugnado,
- De lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista, en lo pertinente, no ha
- Además, el derecho al recurso se encuentra reconocido por el art
- Conforme a los fundamentos del presente análisis, a momento que el Tribunal de apelación procedió
- En virtud de este principio de legalidad, los Tribunales de alzada asumen competencia funcional, únicamente
- El Tribunal de apelación, no pudo haber incurrido en falta de control de logicidad sobre
- Bajo estas consideraciones, el presente motivo de casación, no encuentra sustento de procedencia, al no
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
