Auto Supremo AS/0379/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0379/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Cabe aclarar que el mandato del art


Cabe aclarar que el mandato del art. 173 del CPP al disponer que: “El juez o tribunal asignará el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba, con aplicación de las reglas de la sana critica justificando y fundamentando adecuadamente las razones por las cuales les otorga determinado valor, en base a la apreciación conjunta y armónica de toda la prueba esencial producida”, no hace referencia a una valoración individual de cada prueba, pues cuando se refiere a que se debe asignar el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba, se está refiriendo al contenido de la prueba capaz de producir un conocimiento cierto y probable acerca del hecho (medio de prueba vinculado al hecho); asimismo dicho mandato hace hincapié en la apreciación conjunta y armónica de toda la prueba esencial