Un precedente contradictorio entendido como herramienta a través de la cual este Tribunal ejerce su
III.1 Precedente contradictorio en el marco del Código de Procedimiento Penal y el sistema judicial boliviano
El mandato legal para el Tribunal Supremo de Justicia establece su obligación de sentar y uniformar jurisprudencia, que a más de converger en una tarea eminentemente jurídica trae consigo la delicada función de resguardar el principio de igualdad en la aplicación de la Ley, esta atribución se halla inscrita en los arts. 38 num 9) y 42 parág. I num. 3) ambos de la Ley del Órgano Judicial y en lo que toca a materia penal dicho mandato legal se induce del contenido de los arts. 416 y sgts. del CPP.
El término doctrina legal inmerso en el art. 420 del CPP concierne la “…Jurisprudencia, pero circunscrita a la del más alto Tribunal del país, el que unifica la interpretación de las leyes por medio de la casación” (OSSORIO, Manuel, Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, pág. 359; I.S.B.N. 950-885-005-1), concepto ampliamente compatible con el sistema de recursos del procedimiento penal boliviano y la conformación orgánica de los tribunales en la jurisdicción ordinaria.
Un precedente contradictorio entendido como herramienta a través de la cual este Tribunal ejerce su función de unificar la jurisprudencia, se traduce como una decisión judicial previa que funciona como modelo para determinar un grado de contradicción con los Autos de Vista recurridos en casación. Viene a constituir un criterio interpretativo utilizado en la resolución de casos iguales a los que se procura en casación. No es que la resolución del caso sea efectuada con un determinado prejuicio, sino que se aplica a un supuesto fáctico la misma respuesta y tratamiento jurídico dado en una situación análoga. En sentido estricto, se trata de las razones de la decisión de un fallo, cuya aplicación se pretenda contraria al fallo que se recurre, razón por la que se exige entonces que la situación fáctica resuelta tanto en el Auto de Vista impugnado como el precedente invocado sean análogos precisamente en relación con los hechos a los que se aplicó un determinado tratamiento jurídico, de ahí la comprensión del art. 416 del CPP en calificar a la contradicción partiendo desde la identificación de una situación de hecho similar
- Por memorial presentado el 27 de enero de 2020, Elio Choque Cabezas, de fs
- Por Sentencia 14/2019 de 30 de mayo (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el acusado, formuló recurso de apelación restringida (fs
- El recurrente pide se declare fundado su recurso, se siente la doctrina legal aplicable al
- Respecto a la prueba producida en el juicio la sentencia en el Considerando IV “Fundamentación
- Por memorial de fs
- Previa realización de audiencia de fundamentación oral (fs
- “Es también importante considerar de manera relevante que la defensa no aportó con prueba alguna
- El recurrente refiere que el Auto de Vista impugnado, contradice la doctrina legal aplicable contenida
- Un precedente contradictorio entendido como herramienta a través de la cual este Tribunal ejerce su
- Entonces el hecho similar debe ser identificado en los fundamentos jurídicos del fallo en los
- Sobre el particular, la jurisprudencia de este Tribunal Supremo ha estimado cuál el ámbito procesal
- El Auto Supremo 14/2013-RRC de 6 de febrero, fue pronunciado por la Sala Penal Segunda
- En el sistema actual, a diferencia del sistema anterior, el Juez es libre para obtener
- Es obligación de quien acusa, cumplir con la carga de la prueba, demostrando plenamente la hipótesis acusatoria, tarea que
- Ante un eventual error en la subsunción de la conducta por el A quo si
- Ahora bien, de la lectura de la doctrina legal aplicable del Auto Supremo invocado como
- En autos, se desprende la situación que el Auto de Vista (considerando noveno), señala que
- De tal cuenta y analizados tanto los contenidos del Auto de Vista recurrido como los
- Una vez introducida la prueba de cargo y descargo al proceso, desarrollados los actos y
- Aquellas expresiones y la exposición de las razones que hacen a la decisión asumida permitirá
- Es así que, el Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación restringida, tiene
- III.3 Análisis del caso concreto
- El recurrente trae a casación la supuesta contradicción entre el Auto de Vista 306/2019 de
- Teniendo claro que el Tribunal de apelación restringida puede ejercer el control de legalidad de
- Cabe advertir que muchos Autos Supremos de los periodos 2003 a 2013, contenían un acápite
- Es por ello que, en la fase de recursos, no se discute el mérito de
- Cabe aclarar que el mandato del art
- Enfatizar que, en los casos de delitos de violación a menores de edad, si el
- Por lo expuesto, la Sala concluye que la contradicción pretendida no es evidente, restando fallar
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
