Respecto al reclamo de la valoración de la prueba, el Tribunal de apelación afirmó que
Respecto al reclamo de la valoración de la prueba, el Tribunal de apelación afirmó que el juez realizó un análisis de todas y cada una de las pruebas de cargo y de descargo incorporadas al juicio oral, las que valoró de manera conjunta. Al respecto, debe aclararse que una cosa es que falte la fundamentación probatoria intelectiva, esto es que el juez o tribunal no hubiera valorado la prueba; y otra distinta es que valore la prueba con errónea aplicación de las reglas de la sana crítica, en este último caso, el reclamante debe argumentar que el razonamiento o el proceso lógico que antecedió el decisorio posee fallas estructurales, ya sea por contradecir reglas del pensamiento lógico o disonar con principios que rigen las ciencias, es decir, el objeto procesal en fase de apelación es el control sobre el juicio de valoración de la prueba, en todo caso -a decir de Bacigalupo- ejercer “un control sobre la infraestructura racional de ese juicio”, aspecto que al no haberse presentado en el caso de autos, obliga a esta Sala a verificar si se dio o no respuesta al reclamo formulado por el recurrente
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- Solicita se revoque la resolución impugnada; en consecuencia, se anule la Sentencia así como el
- El Juez Tercero de Sentencia de la Capital del departamento de Santa Cruz, a través de la
- Que el argumento del acusado de que el cheque hubiese sido dado en garantía, no
- Que habiéndose demostrado que el cheque fue girado por el propio imputado conociendo de la
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- Con relación al reclamo de que la sentencia no estaba fundamentada indicó que: “de la
- III.1. Deber de fundamentación de las resoluciones judiciales: Finalidades, lineamientos indicativos y jurisprudencia consolidada
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- “…la motivación responde también a otros fines, ya que podrán los interesados conocer las razones
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- “…la autoridad jurisdiccional dictar[á] sus resoluciones debidamente motivadas, guardando coherencia entre la parte considerativa y
- III.2. Análisis del caso
- Conforme a los antecedentes del caso, el Tribunal de apelación efectivamente declaró la improcedencia del
- Ahora bien, atendiendo la forma de admisión del presente recurso y considerando que este tribunal
- Respecto al reclamo de la valoración de la prueba, el Tribunal de apelación afirmó que
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- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
