Auto Supremo AS/0393/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0393/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Asimismo, invocó el A

“El debido proceso, considerado como instrumento jurídico de protección de otros derechos, cuyo fin es garantizar que los procesos judiciales se desarrollen dentro del marco de los valores de justicia e igualdad, conforme lo disponen los arts. 115 parágrafo II, 117 parágrafo I, 137 y 180 de la Constitución Política del Estado, en la que se reconoce su triple dimensión como garantía, derecho y principio; se vulnera, cuando el poder sancionador del Estado se aplica arbitrariamente, sin el cumplimiento de un proceso en el cual se respeten los derechos fundamentales y garantías constitucionales de las partes, infringiendo en consecuencia el principio de legalidad y la seguridad jurídica, respecto a la normativa constitucional, conforme el cual, el ejercicio de potestades debe obligatoriamente sujetarse a la Ley. Siendo componente del debido proceso, el derecho a la debida fundamentación de las resoluciones judiciales, es exigencia constitucional que toda resolución debe ser fundamentada y motivada en sujeción a los parámetros especificidad, claridad, completitud, legitimidad y logicidad; respondiendo y emitiendo los criterios jurídicos sobre cada punto impugnado en apego al principio de congruencia, que fija el limite al poder discrecional del juzgador.”
Asimismo, invocó el A.S. 448/2017 de 12 de septiembre, que fue emitido dentro del proceso penal que siguió L.S.C. y otro, contra F.C.C., por el delito de Difamación, teniéndose como hecho generador la omisión de pronunciamiento sobre la valoración probatoria, cuyo antecedente dio origen a la siguiente doctrina legal aplicable