Auto Supremo AS/0413/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0413/2020

Fecha: 22-Jul-2020

En autos y respecto a Mariana Touchard Tapia, el recurrente expresó que la labor que

En autos y respecto a Mariana Touchard Tapia, el recurrente expresó que la labor que desempeño solo era de 2 a 3 días al mes y no así durante todo el mes y menos en forma continua, posteriormente, el 1 de junio de 2006 se firmó con la actora un contrato de trabajo individual, mismo que cursa de fs. 44 a 46 del expediente, el cual reconoce la empresa en forma absoluta, documento que hace fe probatoria y que no fue desvirtuado por la parte demandante y no fue considerado como tal; asimismo citó al certificado de trabajo de fs. 5, que señala que prestó servicios desde el 28 de diciembre de 2001, que tiene que ver con lo expuesto precedentemente