En autos y respecto a Mariana Touchard Tapia, el recurrente expresó que la labor que
En autos y respecto a Mariana Touchard Tapia, el recurrente expresó que la labor que desempeño solo era de 2 a 3 días al mes y no así durante todo el mes y menos en forma continua, posteriormente, el 1 de junio de 2006 se firmó con la actora un contrato de trabajo individual, mismo que cursa de fs. 44 a 46 del expediente, el cual reconoce la empresa en forma absoluta, documento que hace fe probatoria y que no fue desvirtuado por la parte demandante y no fue considerado como tal; asimismo citó al certificado de trabajo de fs. 5, que señala que prestó servicios desde el 28 de diciembre de 2001, que tiene que ver con lo expuesto precedentemente
- I.1.1- SENTENCIA
- En grado de apelación formulado por BRINKS BOLIVIA S
- El citado fallo, motivó que la empresa demandada interponga recurso de casación de fs
- Con relación al co-demandante Gustavo Touchard Tapia, el recurrente alegó que solo trabajó ha llamado
- Finalmente, indicaron que el Ad quem incurrió en equívoca valoración de la prueba, no se
- II.2.-Petitorio
- La respuesta al recurso de casación de fs
- El recurso de casación en el fondo planteado por Ivonne Ximena Valdivia Espinoza en representación
- CONSIDERANDO III
- Que, de la revisión de antecedentes se concluye que el motivo del recurso de casación
- Dentro del proceso social, se ha instituido como reglas constitucionales los principios de protección de
- Siendo preciso también, puntualizar que la legislación vigente y la jurisprudencia emitida por este Tribunal,
- III.3. Del caso concreto
- De la revisión de antecedentes del proceso en análisis, se advierte que la señora Mariana
- En autos y respecto a Mariana Touchard Tapia, el recurrente expresó que la labor que
- De lo expresado en las líneas que anteceden, se puede advertir que la empresa recurrente
- En cuanto al reclamo formulado por el recurrente respecto a que la demanda de pago
- De acuerdo a lo vertido en los párrafos que preceden, es preciso señalar una de
- En virtud a cada uno de los fundamentos expuestos precedentemente y encontrándose infundados los motivos
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
