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    Auto Supremo AS/0429/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0429/2020

    Fecha: 22-Jul-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Sexto de Partido de Trabajo y Seguridad
    • El referido auto de vista, motivó a la parte demandante a la interposición del recurso
    • Esgrime, que la resolución recurrida es una copia de los antecedentes y tan solo media
    • Señala que el vocal no hace valoración alguna de las pruebas presentadas y da total
    • Aduce vulneración de su derecho constitucional a la seguridad jurídica, al dictar una resolución que
    • Petitorio
    • Solicita se case el recurso planteado, revocando el auto de vista recurrido y confirmando la
    • Memorial de contestación al recurso
    • Mediante memorial de fs
    • Esgrime que en el auto de vista recurrido se logró corregir el tiempo de servicios
    • Aduce que no se violó principios ni garantías constitucionales y que el recurso no reúne
    • CONSIDERANDO II
    • Conforme a la Constitución Política del Estado, el bloque de constitucionalidad y las normas aplicables
    • Por otra parte, el art
    • En concordancia con lo previsto por la Ley N° 025, el Código Procesal Civil (CPC),
    • Por lo tanto, en referencia a las nulidades debe considerarse para su declaratoria la trascendencia
    • Precisamente por ello, es necesario contrastar la denuncia de nulidad con los principios que rigen
    • De acuerdo a las consideraciones precedentes y los fundamentos expuestos en el recurso de casación
    • Consiguientemente, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el art
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
    • No siendo excusable el error cometido, se impone la multa de Bs
    • Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art
    • Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez

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