Auto Supremo AS/0416/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0416/2020

Fecha: 03-Ago-2020

Por otra parte, sería muy ingenuo que la Empresa demandada exprese como argucia que no

Por otra parte, sería muy ingenuo que la Empresa demandada exprese como argucia que no había autorización para realizar trabajos extras y si embargo en forma arbitraria y abusiva por largos años, permitieron y convalidaron la explotación laboral, sin decir absolutamente nada y además negándose a cancelar por esa labor extraordinaria. El hacerse de la vista gorda de ninguna manera puede significar que nieguen el trabajo extra, realizado todos los días además comprobado por la documental presentada