Auto Supremo AS/0474/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0474/2020

Fecha: 20-Ago-2020

Por su parte el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo, en su artículo

Por su parte el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo, en su artículo 7 prevé: “No deberá darse por terminada la relación de trabajo de un trabajador por motivos relacionados con su conducta o su rendimiento antes de que se le haya ofrecido la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él, a menos que no pueda pedirse razonablemente al empleador que le conceda esta posibilidad”