I.4.- CONTESTACION AL RECURSO
En cuanto a la congruencia, menciona que la sentencia se encontraría acorde con lo peticionado y sobre todo que, para mencionada resolución, se tomó en cuenta tanto las pruebas de cargo como las de descargo, estando totalmente en marcada dentro de un juicio justo.
Petitorio.
Concluyó el memorial solicitando que el Supremo Tribunal de Justicia, proceda a casar en su totalidad el auto de vista recurrido.
I.4.- CONTESTACION AL RECURSO
Petitorio.
Concluyó el memorial solicitando que el Supremo Tribunal de Justicia, proceda a casar en su totalidad el auto de vista recurrido.
I.4.- CONTESTACION AL RECURSO
- CONSIDERANDO I
- I.1.- Sentencia
- I.2.- Auto de Vista
- I.3.- RECURSO DE CASACION
- El referido auto de vista, motivó a la parte recurrente a interponer el recurso de
- En cuanto a la fundamentación alega que, tanto el demandante como demandado fueron escuchados a
- En cuanto a la motivación alega que, la sentencia fue clara y concreta, haciendo referencia
- I.4.- CONTESTACION AL RECURSO
- El demandante, contesta de acuerdo a los siguientes fundamentos
- Petitorio
- Concluyó el memorial solicitando declarar improcedente y en su caso infundado con costas el recurso
- II.I. Fundamentos jurídicos del fallo
- Estando plenamente vigente el CPT, se asume que las normas supletorias, en el actual contexto
- Es necesario recordar que el recurso de nulidad o casación es un recurso formal, cuya
- Debemos tomar en cuenta que el memorial a través del cual se plantea el recurso
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar
- Esto implica que, todo administrador de justicia a momento de resolver una controversia sometida a
- De lo expuesto, la emisión de una nueva Sentencia como dispone el Auto de Vista
- A ello debe reiterarse que conforme a la amplia jurisprudencia que este Tribunal Supremo de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, con la atribución conferida
- En cumplimiento del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
