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    Auto Supremo AS/0350/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0350/2020

    Fecha: 07-Sep-2020

    Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

    Regístrese, comuníquese y devuélvase.  
    Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
    • Expediente: LP-51-20-S
    • Distrito: La Paz
    • 2
    • CONSIDERANDO II
    • II.2. Respuesta al recurso de casación
    • Con relación a los agravios de fondo indicó que la recurrente no especificó la infracción,
    • CONSIDERANDO III
    • La doctrina del per saltum significa pasar por alto las formas regulares de impugnación de
    • III.2. El inquilino tiene la calidad de detentador y no puede usucapir el bien inmueble
    • De lo que se concluye, que la posesión está integrada por dos elementos el corpus
    • Por otro lado, respecto a la detentación o tenencia, la doctrina la define en los
    • En ese entendido la tenencia o la detentación se distingue de la precariedad, Néstor Jorge
    • Por lo dicho la detentación o tenencia se inicia en virtud de un título que
    • Partiendo de lo expuesto, en el caso en cuestión los de instancia han concluido que
    • Conforme al punto tercero referente a que el documento de fs
    • CONSIDERANDO IV
    • 1
    • En relación al reclamo relativo a sus testigos Susana Dorado de Caba y Patricia Fabiola
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
    • Se regula los honorarios abogado que respondió el recurso en la suma de Bs. 1.000
    • Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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