Auto Supremo AS/0487/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0487/2020-RRC

Fecha: 17-Sep-2020

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dictó el Auto de

II.3. Del Auto de Vista impugnado
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dictó el Auto de Vista 10/2019 de 16 de septiembre, declarando improcedente el recurso de apelación, en consecuencia, confirma totalmente la Sentencia impugnada, conforme a los siguientes argumentos:
Con relación al primer agravio vinculado al art. 370 inc. 1) del CPP, señala que efectuado el análisis de la Sentencia impugnada en relación al supuesto agravio sufrido, el Tribunal luego de efectuar una valoración racional de los elementos de prueba producidos en juicio oral concluyo en la evidencia del fallecimiento de una mujer, cuya muerte se produjo por asfixia, ocasionada por el acusado en una discusión por motivos de celos en su domicilio, en circunstancias de que la víctima se encontraba en estado de ebriedad; y la relación de evidencias, datos, prueba testifical, pericial, examen genéticos, etc., circunscriben a calificar el hecho como Feminicidio, dada la acomodación de la conducta del acusado al tipo penal indicado y la concurrencia de los elementos que configuran ese hecho, como la relación sentimental ente el acusado y la víctima, el estado de vulnerabilidad en que se encontraba la víctima por encontrarse en estado de ebriedad, las circunstancias en que fue hallada muerta la víctima en el cuarto y en la cama del acusado, elementos que configuran el delito de Feminicidio previsto en el art. 252 bis del CP, y de acuerdo a la prueba documental, testifical, pericial, examen genético, circunscriben a las circunstancias de los numerales 1) y 5) del citado artículo, y cuyos elementos fueron retractados de los elementos de prueba y del propio informe del acusado, quien en audiencia de juicio no reparo en calificar a la víctima como una mujer fácil y que con dos tragos encima se iba con cualquiera; concluyendo así, que la Sentencia contiene una fundamentación esencial sobre los elementos del juicio que determinaron la convicción que el acusado es culpable del delito de Feminicidio, no resultando cierto el agravio sufrido por el acusado y tampoco acreditó el defecto acusado