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    Auto Supremo AS/0519/2020-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0519/2020-RA

    Fecha: 17-Sep-2020

    4)

    4)Refiere la existencia del defecto comprendido en el art. 370 inc. 6) del CPP, porque la Sentencia se hubiera basado en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba. Posteriormente, de manera textual señala: “El Auto de Vista N° 014/2020 deberá considerar los fundamentos del Recurso, tanto en el fondo como en la forma”.

    • RESULTANDO
    • a)
    • b)
    • 1)
    • 2)
    • 3)
    • 4)
    • III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • ii)
    • i)
    • Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero y 0326/2015-S3 de 27 de marzo
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • primer motivo,
    • inadmisible
    • segundo motivo,
    • tercer motivo
    • inadmisibles

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