Auto Supremo AS/0551/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0551/2021

Fecha: 11-Oct-2021

2.

2. Mediante memorial de fs. 169 a 170, la gerencia Regional Cochabamba de la Aduana Nacional, contestó el recurso de casación formulado por la empresa demandante, refiriendo en síntesis respecto al recurso de casación en la forma que, el Auto de vista incluyó un hecho ajeno al caso de autos como elemento formal, que no es el que aduce la parte demandante, por cuanto, el tratamiento de la prohibición expresa prevista en el art. 9 del DS N° 28963, para determinar la legalidad de la importación del vehículo, es de fondo y sobre el hecho, la Sentencia CT N° 27/2019, dejó claramente establecido que la Aduana Nacional, cumplió a cabalidad la normativa aduanera vigente al momento de la importación.

En cuanto al recurso de casación en el fondo, reiteró los argumentos formulados en su recurso de casación respecto al que el factor que activa el procedimiento contravencional, no es la partida arancelaria, sino la prohibición por la antigüedad del vehículo; es decir, que la verificación de la antigüedad del vehículo, determinó la contravención, conforme al art. 117 del DS N° 25870, modificado por los DDSS N° 28963, 29863 y 2232.

Solicitó que se concedan ambos recursos de casación y que luego de ello, se emita Auto Supremo, casando el Auto de Vista N° 028/2020 y deliberando en el fondo, se ejecutorie la Sentencia CT N° 27/2019, confirmando la Resolución Sancionatoria CBBCI-RC-1770/2016, para su ejecución en la vía administrativa.