3.
3. Decisorio de segunda instancia que fue recurrido en casación por Nery Antonia, Julia Antonia y Fabio todos Poma Alarcón por memorial de fs. 683 a 692, recurso que es objeto de análisis.
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU CONTESTACIÓN
3. Manifestaron que un fallo incongruente siempre será un fallo carente de motivación y fundamentación, para el caso de autos se advierte con toda claridad que el presente fallo no expresa los motivos por los cuáles se llega a la conclusión de que el proceso se ha llevado con los sujetos que deben intervenir, no menciona nada con relación a la sucesión de David Poma Alarcón ni el por qué no procede la integración de sus herederos conocidos, identificados e individualizados por la misma demandante.
3. Desarrolló criterios respondiendo a los agravios presentados por los recurrentes, sobre la falta de congruencia indicó que existe una falsedad por parte de los demandados al señalar que el Auto Supremo Nº 622/2014, sea referente de la notificación a los propietarios y herederos del inmueble pretendido en usucapión, responde al agravio de la falta de motivación y fundamentación, de la errada aplicación de los arts. 78.II) y 48.I) del Código Procesal Civil, observando que no explicaron en qué consiste la errada aplicación e interpretación, exhorta la aplicación del art. 274.I num.3) del Código Procesal Civil.
Solicitó se declare improcedente el recurso de casación planteado.
CONSIDERANDO III:
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 935/2021
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- Recurso de casación de Nery Antonia, Julia Antonia y Fabio todos Poma Alarcón. (Fs. 683 a 692)
- Forma:
- 4.
- Fondo:
- Respuesta de Dionicia Bitalia Paz de Fs. 695 a 699
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- III.1. De la usucapión decenal o extraordinaria y sus requisitos.
- CONSIDERANDO IV:
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Conforme al principio de concentración procesal, se responderá a todos los agravios planteados en la forma en un solo fundamento, evitando un dispendio de argumentación jurídica reiterativa.
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
- Relator:
