1.
1. El Tribunal de alzada, omitió pronunciarse al reclamo vertido en el inc. a) del recurso de apelación referente a “Falta de consideración de la vulneración por parte del actor del art. 4 de la Ley 1449 del Ejercicio Profesional de la Ingeniería y del Art. 44 del Decreto Supremo Nº 26582”, de conformidad con los arts. 17-II de la Ley del Órgano Judicial Nº 025(LOJ), 255-I del Código Procesal Civil (CPC-2013), aplicable por art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT), consecuentemente, el Tribunal de apelación tenía la obligación de pronunciarse sobre todos y cada uno de los agravios solicitados y descritos en el memorial de apelación; por lo que, el Tribunal Supremo de Justicia, deberá disponer la nulidad del Auto de Vista recurrido.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 621
- Sucre, 8 de noviembre de 2021
- Expediente:
- Demandantes:
- Demandado: Iglesia Evangélica Metodista en Bolivia
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA en parte
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- II. ARGUMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACION Y ADMISION:
- Recurso de casación de la IEMB
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- 5.
- Petitorio.
- Recurso de casación del demandante.
- Contestación a los recursos.
- Admisión del recurso de casación.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Resolviendo el recurso de casación de I.E.M.B.
- En la forma.
- Doctrina aplicable al caso.
- La fundamentación y motivación, para resolver los recursos de apelación.
- tampoco omitir el análisis y resolución de ningún agravio expuesto en el recurso
- en la resolución precisa a todos y cada uno de los puntos expuestos
- una condición de validez de las resoluciones judiciales, puesto que la credibilidad de la administración de justicia radica básicamente en que las decisiones plasmadas en resoluciones estén debidamente motivadas y fundamentadas
- La congruencia en los fallos que resuelven una apelación.
- principio de congruencia
- cuando omite decidir cuestiones que son materia de expresión de agravios por el apelante
- Resolución del caso concreto.
- incongruencia omisiva,
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
