Auto Supremo AS/0621/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0621/2021

Fecha: 08-Nov-2021

Contestación a los recursos.

Dispuesto el traslado del recurso de casación, mediante Decreto de 23 de abril de 2021 a fs. 549 vta.; notificada la contraparte el 1 de abril del mismo año, conforme consta en la diligencia de fs. 550, y vencido el plazo para la presentación de la contestación, el demandante Héctor López Burgos, no contestó el recurso formulado por la Iglesia Evangélica Metodista en Bolivia, conforme a los antecedentes del expediente.

Por otra parte, corrido en traslado el recurso de casación formulado por el demandante, conforme el Decreto de 9 de abril de 2021; la Iglesia Evangélica Metodista en Bolivia, presentó memorial de contestación de fs. 559 a 560, argumentado que nuevamente el actor de forma infundada procede a reclamar el pago de incrementos salariales, sin haber comprendido que el actor fungía como personal de confianza que por ello no se aplica obligatoriamente el pago de incremento salarial.

Citó el AS Nº 347 de 27 de junio de 2013, referente al cargo de confianza; que los reclamos realizados por el actor, fueron resueltos en base a una interpretación correcta de la normativa vertida en el proceso; asimismo, realizaron una correcta valoración de toda la prueba, no se incurrió en error de derecho o error de hecho en el Auto de Vista recurrido; solicitando se declare infundado el recurso.