2.
2. La resolución que se emitió es una franca violación al derecho de la defensa por parte del tribunal de alzada al no pronunciarse en el fondo de la apelación, procedió a violar el art. 265 del Código Procesal Civil ya que en el Auto de Vista recurrido no se pronunció de manera fundamentada sobre los puntos apelados, respecto a la ampliación de la admisión de la demanda, así como la falta de acción y de Litis consorcio.
2. La resolución emitida es una franca violación al derecho de defensa por parte del Tribunal de alzada al no pronunciarse en el fondo de la apelación, ha procedido a violar el art. 265 del Código Procesal Civil, ya que en el Auto de Vista recurrido no se pronunció de manera fundamentada sobre los puntos apelados, sobre la ampliación de la admisión de la demanda, así como la falta de acción y de litisconsorcio.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 1013/2021
- Fecha:
- Expediente: CB-50-21-S
- Partes:
- Proceso: Reivindicación.
- Distrito: Cochabamba.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU CONTESTACIÓN
- En la forma.
- 1. Mencionaron que existió una interpretación errónea, aplicación indebida de la ley, vulnerado lo establecido en los arts. 113, 138, 368, 47 y 50 todos del Código Procesal Civil, al declarar probada la demanda con vicios y que el Auto de Vista recurrido cae en los mismos defectos de la Sentencia, puesto que el tribunal de alzada asumió que no procede la nulidad, en razón de que no existió afectación, sin considerar que el Juez de primera instancia dejó a los recurrentes en indefensión, al desarrollar la audiencia sin la presencia de su abogado, y rechazar las exepciones además en dicha resolución no consideró los hechos reclamados y mencionados en apelación, por lo que se infringió el derecho al debido proceso, a la defensa y a la igualdad de las partes. Sentencia que adolece de fundamentación y motivación.
- 2.
- 4.
- En el Fondo
- Respuesta al recurso de casación.
- CONSIDERANDO III
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- III.1. De la Reivindicación.
- III.2. El debido proceso en sus vertientes congruencia y una debida fundamentación y motivación de las resoluciones.
- III.3. El derecho a la defensa
- III.4. De las nulidades procesales
- III.5. Doctrina y las normas aplicables al recurso de casación en fondo y en la forma
- CONSIDERANDO IV
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 31
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
- Relator:
