VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación corriente en fs. 269 a 273, planteado por Elicia Aydee Aramayo Robles, impugnando el Auto de Vista N° 138/2021 de 13 de agosto, cursante de fs. 255 a 257, pronunciado por la Sala Civil y Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso ordinario de cumplimiento de contrato seguido por la recurrente contra Jorge Calatayud Alfaro, la contestación de fs. 277 a 279 vta., el Auto de concesión de 20 de septiembre de 2021, visible a fs. 280, el Auto Supremo de admisión del recurso de casación Nº 889/2021-RA de 06 de octubre, que sale de fs. 287 a 289; y todo lo inherente; y:
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo:
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- Del contenido del recurso de casación.
- a)
- b)
- c)
- Petición.
- Contestación al recurso de casación.
- CONSIDERANDO III:
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- III. 1. De la forma del computar los plazos procesales.
- III.2 Del uso del Buzón Judicial y el plazo para la presentación de los memoriales.
- III.3 Principio de preclusión.
- III.4 No se puede activar recurso de casación en el fondo frente a una decisión de contenido formal
- CONSIDERANDO IV:
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De la contestación al recurso de casación.
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
- Relator:
