1. De los antecedentes.
Antes de ingresar al análisis del recurso de casación en la forma, es necesario analizar los fundamentos de la Sentencia como los agravios expuestos en el recurso de apelación.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Warner Joaquín Duchen Mostajo (fs. 261-264 vta.), contra el Auto de Vista S-551/2020 de 02 de diciembre, pronunciado por Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 244-245), dentro el proceso ordinario de acción negatoria o alternativa de mejor derecho de propiedad, seguido por Jaime Alfredo Machaca Paco y Teodora Concepción Flores Quispe contra el recurrente; la respuesta (fs. 272-273); el Auto interlocutorio de concesión de recurso de 23 de septiembre de 2021 (fs. 287); el Auto Supremo de Admisión Nº 920/2021-RA de 18 de octubre (fs. 293-294); y todo lo inherente:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO.
- El impetrante debe considerar lo previsto por el art. 226.IV del CPC, en ese orden normativo, la solicitud de aclaración, enmienda y complementación expone argumentos que van al fondo de la decisión y no así a los aspectos formales que merezcan su modificación; en consecuencia, siendo claro los términos expuestos en el Auto de Vista, NO HA LUGAR a la aclaración, enmienda y complementación.
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- DE LA RESPUESTA AL RECURSO DE CASACIÓN.
- CONSIDERANDO III:
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO.
- 1. De la fundamentación o expresión de reclamos en el recurso de casación.
- CONSIDERANDO IV:
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN.
- 1. De los antecedentes.
- a. En cuanto a los fundamentos de la Sentencia.
- b. En cuanto a los agravios denunciados en el recurso de apelación.
- c. Del Auto de Vista S-551/2020 de 02 de diciembre.
- 2. Del recurso de casación en la forma.
- a. Sobre los requisitos que debe reunir el recurso de casación.
- b. Sobre la expresión de agravios en el recurso de apelación.
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
