Recurso de casación de Josefina Rebeca Montecinos Price
Acusó error de hecho en la valoración de la prueba testifical fs. 432 a 433 y 452 a 453, porque los testigos en ningún momento señalaron que era “personal de confianza”, negando injustamente el pago de horas extras, omitiendo valorar las confesiones de fs. 420 a 421, fs. 425 a 426, fs. 429, fs. 432 a 433, fs. 435 a 436 y fs. 451 a 452, que de manera uniforme sostuvieron que trabajó en horas extras, además, al no haber presentado el empleador el libro de horas extraordinarias autorizado por la inspectoría del trabajo, como era su obligación, hace presumir la existencia de las horas extras reclamadas.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 771
- Sucre, 01 de diciembre de 2021
- Expediente
- Demandante
- Demandado
- Proceso
- Departamento
- Magistrado Relator
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES PROCESALES:
- Sentencia:
- PROBADA en parte la demanda de fs. 10 a 13 modificada y ampliada a fs. 15, e IMPROBADAS las excepciones perentorias de prescripción y falta de acción y derecho y PROBADA en parte la excepción sobreviniente de pago opuesta a fs. 334 a 335,
- Auto de Vista:
- CONFIRMÓ
- II. RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACIONES Y ADMISIÓN:
- Recurso de casación de Benjamín Valdés Tardío
- En la forma
- 1.
- 2.
- Petitorio.-
- En el fondo
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- 7.
- 8.
- 9.
- 10
- 11.
- 12.
- Petitorio:
- Contestación:
- Recurso de casación de Josefina Rebeca Montecinos Price
- Admisión:
- III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- En relación al recurso de casación de Benjamín Valdez Tardío
- 1 y 2.
- En relación al recurso de casación en el fondo.
- 2, 4 y 8.
- 3 y 6.
- Fragmento 44
- Resolviendo el recurso de casación de Josefina Rebeca Montecinos Price
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución contenida en el art. 184-1 de la CPE y el art. 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial N° 025, declara INFUNDADOS los recursos de casación interpuestos por Benjamín Valdez Tardío de fs. 1336 a 1355 y el presentado por Josefina Rebeca Montecinos Price de fs. 1373 a 1378, contra el Auto de Vista Nº 212/2020 de 25 de noviembre de fs. 1327 a 1330, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, manteniéndolo firme y subsistente, sin costas, por ser ambas partes recurrentes.
- Regístrese, Notifíquese y Devuélvase.
