Auto Supremo AS/1081/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1081/2021

Fecha: 02-Dic-2021

1.

1. Planteada la acción de nulidad de declaratoria de herederos de fs. 65 a 70 vta., ratificada de fs. 88 a 93 vta. y subsanada de fs. 97 a 102 vta., por Justina Mamani de Quinteros contra Cornelia Choque Chura; quien una vez citada, mediante los escritos de fs. 125 a 134 vta., y de fs. 155 a 167, contestó negativamente, opuso la excepción de cosa juzgada y reconvino por nulidad de Escritura Pública, nulidad y fraude procesal del proceso usucapión, revisión del proceso de interdicto de recobrar la posesión, más el pago de daños perjuicios.

Tramitado el proceso, el Juez Público Civil y Comercial Nº 2 de la ciudad de La Paz, en la Audiencia Preliminar de 06 de septiembre de 2017 de fs. 239 a 250 vta., declaró IMPROBADA la excepción de cosa juzgada y en la Sentencia N° 480/2018 de 13 de agosto, cursante de fs. 580 a 597, declaró IMPROBADA la demanda de nulidad de declaratoria de herederos e IMPROBADA la reconvención de nulidad de compraventa, nulidad y fraude de proceso ordinario de usucapión, ordinarización del proceso de interdicto de recobrar la posesión y resarcimiento de daños y perjuicios.

1. No se valoraron las pruebas de los trámites realizados por la demandada, que demuestran la inexistencia de derechos sucesorios por tener nombres y apellidos convencionales, de modo que no se valoraron las pruebas consistentes en la Resolución DDRC-SM-SC-N° 2870/2008 a fs. 16 y 521 ni el informe de SERECI de fs. 17 a 18 y de 522 a 523, con los que se demuestran que la demandada tiene apellidos convencionales y por ende no tiene ningún derecho sucesorio conforme lo establecido en el art. 31 del Reglamento para Inscripción de Nacimientos, asimismo acusó que el Tribunal de segunda instancia no hizo referencia a la respuesta negativa a la reconvención y en sí a la falta de legitimación de la demandada.