Auto Supremo AS/1081/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1081/2021

Fecha: 02-Dic-2021

III.2. De la pretensión de nulidad de declaratoria de herederos.

En el Auto Supremo Nº 364/2012 de 25 de septiembre, este Tribunal ha emitido jurisprudencia respecto a la viabilidad de la pretensión una nulidad de declaratoria de herederos, exponiendo lo siguiente: “…tomando en cuenta la naturaleza de las cuestiones planteadas, referente a una pretensión de nulidad de declaratoria de herederos ha desarrollado jurisprudencia, exponiendo lo siguiente: “Finalmente, debió tomarse en cuenta que se puede anular la declaratoria de herederos: 1) cuando el heredero no está incluido a la sucesión llamada por ley; y 2) cuando se ha falsificado documentos para acreditar una filiación que le permite entrar de manera fraudulenta dentro la orden de llamamiento para la sucesión del de cujus. Siendo esos los dos presupuestos, por los cuales se puede admitir y sustanciar una demanda de nulidad de declaratoria de herederos, aspecto que en el caso en concreto no acontece…”.

Asimismo, se debe tomar en cuenta el Auto Supremo N° 243/2018, por la que se orientó que no procede la nulidad de declaratoria de herederos si se demostró la filiación y el parentesco con el causante, al respeto señaló que: “Por otra parte en aplicación del principio de la verdad material, en el que prevalece el derecho sustancial sobre el formal consagrado por el art. 180.I de la Constitución Política del Estado y analizada la prueba conjunta y unitaria se llega a establecer la existencia de la persona que en vida fue Ricardo López Rosse en conformidad de las pruebas que se tienen adjuntas al expediente de fs. 15, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 31 a 33, 176 a 178 vta., 179 a 182, 183 a 187, 188 a 189 vta., 201, 202, 205, 206 y 489, por lo que se deduce que todas estas documentales que han sido objeto de análisis de la familia de Fermín López e Irene Rosse, establece que tuvieron siete hijos los cuales están plasmados en la familia de Fermín López Téllez e Irene Rosse, gráfico que se acompaña de fs. 169 a 170, donde se puede establecer la relación de parentesco existente entre los declarados herederos con la de cujus, Elena Meric López. … en el presente caso si bien en la declaratoria de herederos no cursa el certificado de nacimiento de Ricardo López Rosse, en el presente proceso se ha acreditado la filiación de Ricardo López Rosse y su parentesco con la causante Elena Meric López, no pudiendo forzarse con la anulación del trámite de declaratoria de herederos, pues la misma solo implica aceptar la herencia, que se puede efectuar en forma tácita o expresa”.