Auto Supremo AS/1084/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1084/2021

Fecha: 02-Dic-2021

DEL RESPONDE AL RECURSO DE CASACIÓN

La parte demandante responde el recurso de casación bajo los siguientes fundamentos:

1.- Señalan que Adela Padilla Ibañez, carece de legitimidad pasiva pues está excluida del proceso y no tiene legitimación para interponer recurso de casación en la forma, así está expresado en el fallo de primera instancia.

2.- La recurrente no puede alegar motivos de nulidad procesal que nunca reclamó ante el Juez de instancia y que el sentido de impugnar el recurso de casación en la forma es impugnar el Auto de Vista pronunciado en apelación para reclamar el quebrantamiento, infracción o errónea aplicación de las reglas procesales que afectan la garantía al debido proceso o provocan indefensión del recurrente.

3.- Que, al no estar constituido expresamente por ley la nulidad de la falta de notificación al Procurador General del Estado, habiéndose ejecutoriado la exclusión del proceso al Ministro de Obras Públicas y Vivienda mediante su apoderado no corresponde, puesto que la persona demandada no es el Estado. Tampoco corresponde ser causal de nulidad el hecho de que se haya omitido consignar la hora y el día en la notificación de convocatoria al Vocal.

4.- Respecto a la falta de motivación, la resolución recurrida es clara, contundente e inobjetable, puesto que no se puede pretender que el Juez en lo Civil renuncie a su competencia por tratarse de un proceso de reivindicación y mejor derecho propietario.