I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes procesales, se establece lo siguiente:
Por Sentencia 24/2019 de 29 de julio (fs. 76 a 84), el Tribunal de Sentencia N° 2 de la Ciudad de Oruro, dicta Sentencia condenatoria contra Henrry Aduana Aguirre y Cesar Vásquez Ignacio, autores de la comisión de los delitos de Asesinato y Robo Agravado, tipificados y sancionados por los arts. 252 numerales 2), 3) y 6) y 332 numeral 2) del CP.
Contra la referida Sentencia, el acusado Aduana Aguirre Henrry, formuló recurso de apelación restringida -fs. 99 a 112-, resuelto por Auto de Vista 14/2020 de 18 de junio, -fs. 149 a 153-, pronunciado por la Sala Penal N° 2 de la Capital, que declaró improcedente el recurso de apelación y confirma la Sentencia 24/2019 de fs. 76 a 84, motivando la formulación del presente recurso de casación.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA PENAL
- AUTO SUPREMO Nº 080/2021-RRC
- Sucre, 16 de marzo de 2021
- Magistrado Relator :
- RESULTANDO
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I.1. Motivos del recurso de casación.
- I.2. Petitorio.
- I.3. Admisión del recurso.
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
- II.1. De la Sentencia.
- II.2. Del Recurso de Apelación Restringida.
- 1.-
- 2.-
- 3.-
- 4.-
- 5.-
- 6.-
- II.3. Del Auto de Vista impugnado.
- III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON LOS PREDECEDENTES INVOCADOS
- 1)
- III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio.
- III.2. Análisis del caso concreto.
- En el segundo punto
- tercer motivo,
- cuarto motivo,
- infundado
- en materia sustantiva el supuesto fáctico análogo exige que el hecho analizado sea similar; en cambio, en material procesal el supuesto fáctico análogo se
- POR TANTO
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
- FDO.
- Magistrado Relator Dr. Edwin Aguayo Arando
- Magistrada Dra. María Cristina Díaz Sosa
- Secretario de Sala M.Sc. Rommel Palacios Guereca
