Auto Supremo AS/0188/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0188/2021

Fecha: 03-Mar-2021

2.

2.Expresó que el Tribunal de alzada efectuó incorrecta valoración de la prueba de inspección judicial cursante de fs. 139 a 140 y la testifical cursante de fs. 145 a 146, con relación a que el demandado no habría cumplido la cláusula cuarta del documento objeto del proceso respecto al usufructo, incurriendo en error de hecho, dado que las dos habitaciones ocupadas por la demandante siempre estuvieron abiertas y utilizadas por ella, nunca se le privó el acceso a las mismas incluidos los dos baños, cumpliéndose con el usufructo acordado, por lo que acusó la vulneración del art. 145. I del Código Procesal Civil y el art. 115. II de la CPE., con relación al art. 186 de la Ley N° 439 y art. 1330 del Código Civil.