ANTECEDENTES DEL PROCESO
Resolución de primera instancia que fue recurrida en apelación por Cimar Leandro Mousnier Rollano por sí y en representación de sus hermanos Ángel Linder y Nery Alfredo, Mousnier Rollano por memorial de fs. 773 a 782, que fue resuelto mediante Auto de Vista N° 158/2020 de 10 de agosto cursante de fs. 805 a 811, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Única del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que en su parte dispositiva CONFIRMÓ la Resolución de fs. 613 a 616 vta. de obrados y la Sentencia N° 145/2019 de 24 de mayo, de fs. 756 vta., a 765 vta., fundamentando lo siguiente:
- VISTOS:
- Fragmento 2
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En cuanto al recurso de apelación en efecto diferido contra el Auto de fs. 613 a 616 vta.
- En cuanto al recurso de apelación contra la sentencia de fs. 756 vta. a 765 vta.
- 1.
- declare probado el incidente interpuesto
- b) es un recurso extraordinario, porque no cabe sino contra determinadas resoluciones por motivos preestablecidos por la ley (…); y, c) no constituye una tercera instancia
- no se trata de una tercera instancia
- el recurso de casación dentro de los alcances de la Ley Nº 603, solamente procederá contra Autos de Vista que resuelvan un Auto definitivo, Sentencias o que anularen todo lo obrado, siendo viable conforme a lo vertido en el citado AS 918/2016 únicamente en los procesos ordinarios
- Fragmento 11
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- auto o resolución impugnado en el efecto diferido
- POR TANTO:
