FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
La normativa preceptuada por el art. 106 de la Ley Nº 439 en concordancia con el art. 17 de la Ley Nº 025 establecen la obligación de los tribunales del examen de oficio de las actuaciones procesales, tal cual se expresó en el punto III.1 de la doctrina aplicable, en cuyo marco corresponde enunciar las siguientes consideraciones:
- VISTOS
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 4.
- III.1. De la nulidad de oficio.
- III.2. Sobre la facultad de producir prueba de oficio en caso de existir duda.
- en el principio procesal de verdad material, que
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- inmueble de 255,40 m2, signado como el lote N° 26 de la manzana 6 correspondiente al Plan 2000
- lote de terreno de 165,17 m2 signado como el lote N° 16, que se encuentra ubicado en la zona Cementerio Urbanización 16 de julio
- POR TANTO:
