Auto Supremo AS/0327/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0327/2021

Fecha: 21-May-2021

Contestaciones.

Por escrito de fs. 1536 el demandante contestó el recurso de casación, promovido por la entidad demandada, señalando que en ningún momento se demostró que COSSMIL migró a la Ley Nº 2027 y que a la fecha se encuentran sujetos a la LGT, así como tampoco se demostró que los recursos con los que COSSMIL, paga sueldos y beneficios sociales, no provienen del Tesoro General de la Nación, solicitando se declare infundado el recurso de casación.

La entidad demandada, por escrito de fs. 1543 a 1546, contestó el recurso promovido por el actor, señalado que el recurso no cumple con los requisitos establecidos en el art. 274-I-3 del CPC-2013, debiendo declararse su improcedencia, que no tiene sustento legal al ser una reiteración de su apelación, limitándose a realizas criticas sin sustento a la fundamentación del Auto de Vista.