Auto Supremo AS/0327/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0327/2021

Fecha: 21-May-2021

Recurso de Casación del demandante José Luis Inchauste Alandia: El demandante argumentó en su recurso de casación que el Auto de Vista recurrido, vulnera los arts. 48 de la CPE; 4 y 55 de la LGT y 182-i) del CPT, manifestando que el derecho al pago de primas le corresponde conforme valoró el Juez de primera instancia; sin embargo el Tribunal de alzada revocó dicho pago, aspecto que fue vulnerado, toda vez que se presentó pruebas demostrando que COSSMIL es una entidad descentralizada, aparentemente con una función esencial en la prestación de salud, porque cuenta con una gama de actividades que van desde la explotación de varias concesiones, empresas dedicadas a la explotación cafetalera, papa, quinua, empresas de ácido sulfúrico, eucaliptus, así como tiene acciones en la Cervecería Boliviana Nacional.

Señaló también que el pago de incremento salarial, que fue revocado por el Tribunal de alzada, pese a que el Juez de instancia realizó una correcta valoración de las pruebas, disponiendo su pago; en ese sentido refirió que no es justo que no se le reconozca el derecho al pago de primas, bono de producción, incremento salarial y refrigerio de su trabajo, porque se estarían vulnerando derechos laborales y constitucionales.