autos interlocutorios
Por otra parte, los autos interlocutorios, son aquellas resoluciones que no cortan procedimiento ulterior o no afectan la competencia del juzgador, en los casos donde la ley no reconozca otro efecto exclusivo; respecto a ello nuestra normativa refiere que si son dictados fuera de audiencia se podrá apelar en el plazo de tres días, ahora si se trata de autos interlocutorios dictados en audiencia deberá anunciarse la apelación e interponerse y sustanciarse de igual manera en tres días.
Para el caso es pertinente remitirnos a lo expuesto por Castellanos quien refirió: “… el recurso de apelación contra autos interlocutorios ya sea dictados fuera o dentro de una audiencia tienen el mismo plazo, con la única diferencia que en la audiencia simplemente se interpone el recurso, reservado la fundamentación y expresión de agravios para hacerlo dentro del plazo de tres días
Referente al plazo para presentar el recurso de apelación en contra de autos interlocutorios, el art. 262 del CPC, establece que cuando el auto interlocutorio fue dictado fuera de audiencia, este podrá ser apelado en el plazo de tres días, debiendo la otra parte, una vez notificada con dicha impugnación, contestar en el mismo plazo; pero, si el auto interlocutorio es dictado en audiencia, únicamente deberá anunciarse la apelación en ella, pues la interposición y sustanciación de la misma deberá realizarse dentro del plazo establecido para la apelación de autos
De la doctrina expuesta, así como de la normativa establecida en su art. 262 del Código Procesal Civil, tenemos que, para plantear el recurso de apelación contra autos interlocutorios se debe realizar de forma escrita en el plazo máximo de tres días, aclarando que cuando el auto interlocutorio fue dictado en audiencia, la parte apelante necesariamente debe anunciar su apelación y el computo de plazo se realiza conforme establece el art. 90 del Código Procesal Civil.
- VISTOS:
- Fragmento 2
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 3.
- III.1. Trámite del recurso de apelación contra autos definitivos.
- “
- autos definitivos
- el recurso de apelación opuesto en contra de sentencias o autos definitivos deberá ser interpuesto por escrito y de forma fundamentada dentro del plazo de diez días computables a partir del día siguiente hábil, practicada la notificación con el acto o resolución cuestionada
- autos interlocutorios
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 12
- declaró probada la excepción de incompetencia por territorio
- POR TANTO:
