Auto Supremo AS/0473/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0473/2021

Fecha: 26-May-2021

1.

1.Acusó que el Tribunal Ad quem al haber declarado no ha lugar el resarcimiento de daños y perjuicios, desconoció el derecho que tiene el demandante a pedir y percibir el interés legal del 6% anual que asciende a la suma de Bs. 150.000, vulnerando su derecho al debido proceso en su elemento aplicación objetiva de los arts. 344, 347 y 414 del Código Civil.        

1.Señaló que no se le convocó a la audiencia de conciliación exigida por el art. 292 del Código Procesal Civil, pues el juez de instancia admitió la demanda sin cumplir lo exigido por la ley, transgrediendo así los arts. 362.II y 363 del Código Procesal Civil y los principios de legalidad y seguridad jurídica, acto que debe ser sancionado con la nulidad de obrados.