Auto Supremo AS/0011/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0011/2021

Fecha: 20-Jul-2021

Violación al debido proceso

Violación al debido proceso

La empresa recurrente, refiere que la Sentencia N° 343/2020, violó la garantía constitucional del debido proceso previsto por los arts. 115-II, 117-I y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), en sus componentes de fundamentación suficiente y adecuada de las resoluciones, valoración legal y sometimiento al principio de congruencia, que en el punto VII.1.1.2, referido al daño emergente y lucro cesante reclamado como demandante, realizó una valoración arbitraria de los conceptos que forman parte de la demanda por daños y perjuicios, sin indicar cuál la observación o defecto que impiden sean considerados al momento de su cómputo, a efectos de determinar el quantum de la Sentencia, por lo que se tiene una Sentencia incongruente, encontrándose una desconexión entre los considerandos y su parte resolutiva, porque de la lectura de los considerandos se evidencia una absoluta probanza de la demanda; que la simple mención del Informe Técnico TSJ-SSA-AAF N° 34 de 26 de noviembre, sobre el cual no se tuvo acceso, para objetar ni impugnar, disminuyen su pretensión sin dar mayores argumentos al respecto.

La evidente resolución del contrato administrativo por causales atribuibles a la CPS y el quantum aprobado en Sentencia, es lejano al monto demandado y demostrado en el proceso, transgrede el debido proceso de las normas señaladas precedentemente, a ese fin citó la Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) N° 0842/2019-S2 de 2 de octubre de 2019.

Conforme a lo expuesto, solicitó se case en parte la Sentencia recurrida, en aplicación plena del debido proceso.