III.1 En cuanto al cumplimiento en el término de interposición.-
III.1 En cuanto al cumplimiento en el término de interposición.- En el caso de autos se advierte que los recurrentes, han sido notificados con el Auto de Vista 25/2021 de 7 de abril, el 29 de abril y habiéndose solicitado enmienda y complementación (fs. 803), que se resolvió mediante Auto Interlocutorio de 4 de mayo, con el que se notificó a los recurrentes el 9 de junio de 2021 (fs. 806 y 808) y se presentó el recurso de casación el 16 de junio del mismo año; es decir dentro el plazo de los cinco días, teniéndose por cumplida la formalidad temporal exigida por el art. 417 del CPP; por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA PENAL
- AUTO SUPREMO Nº 443/2021-RA
- Sucre, 16 de agosto de 2021
- Expediente : Santa Cruz 99/2021
- Parte Acusadora :
- Parte Acusada :
- Delito :
- RESULTANDO
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Donato Román Barbosa y a Elsa Gutiérrez de Román
- REQUISITOS LEGALES Y JURISPRUDENCIALES DE ADMISIBILIDAD DEL RECUROS DE CASACIÓN
- i)
- Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero, 0326/2015-S3 de 27 de marzo y 064/2018-S4 de 20 de marzo
- IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- III.1 En cuanto al cumplimiento en el término de interposición.-
- III.2
- admisión
- III.3
- admisibilidad
- III.4
- inadmisibilidad.
- III.5
- III.6
- III.7
- III.8
- POR TANTO
- ADMISIBLE,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
- Magistrada Dra. María Cristina Díaz Sosa
