Auto Supremo AS/0443/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0443/2021-RA

Fecha: 16-Ago-2021

III.8

III.8 Se sustenta como séptimo motivo casacional, que ante la denuncia como agravio de la existencia de falta de fundamentación en la Sentencia, defecto incurso en el art. 370 5) CPP; el Tribunal de Alzada, en el Auto de Vista impugnado expone afirmaciones subjetivas siendo que la parte analítica e intelectiva es una parte estructural de toda sentencia y en apelación se recurre a que ésta parte no existe en la Sentencia, en contraposición el Tribunal de Alzada afirma que existe una contradicción externa desde la apelación, consideración y resolución, constituyéndose en incongruencia ultra petita.

Invoca como precedente el Auto Supremo 248/2012-RRC de 10 de octubre de 2012, refiriendo que el Auto de Vista impugnado es contrario a la doctrina legal aplicable del precedente citado, en razón a que carece de fundamentación y motivación sobre la denuncia que la sentencia no tiene la debida fundamentación y motivación; cuando el precedente insta al cumplimiento de la debida fundamentación de las resoluciones judiciales, deviniendo en la admisibilidad del motivo casacional.