Auto Supremo AS/0598/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0598/2021-RA

Fecha: 16-Ago-2021

quinto motivo,

En cuanto al quinto motivo, en el que reclama que la Sentencia incurrió en inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva, defecto previsto por el art. 370 inc. 1) del CPP; se advierte que el recurrente, no refiere cuál el agravio sufrido por el Auto de Vista; es decir, no refiere qué hizo o no hizo el Tribunal de alzada que le genere agravio; en ese entendido, no se apertura la competencia de esta Sala Penal; por cuanto, de acuerdo al art. 416 del CPP, el recurso de casación procede para impugnar Autos de Vista emitidos por los Tribunales Departamentales de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por otros Tribunales Departamentales de Justicia o por el Tribunal Supremo de Justicia en sus Salas Penales, aspecto que no fue observado por el recurrente que no puede ser corregido de oficio.