II.1. Fundamentación y motivación de la presente decisión.
Desde el punto de vista procesal y conforme el principio de supremacía constitucional y verdad material, es imperativo que este Tribunal de Justicia, en el caso concreto, realice una valoración de los aspectos objetados por el recurrente en lo que se refiere al Auto de Vista N°103/2021 de 25 de mayo, cursante de fs. 158 a 161 vta., por las siguientes razones:
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL
- Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Fragmento 5
- Auto Supremo Nº 583/2021
- Sucre, 20 de septiembre de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII-TJA. 415/2021
- Distrito: Tarija
- Magistrado Relator: Dr. Olvis Eguez Oliva
- :
- CONSIDERANDO I.
- I.1.Antecedentes del proceso.
- improbada la Excepción Previa de Incompetencia
- confirmando
- I.2. Sentencia.
- PROBADA EN PARTE LA DEMANDA
- TOTAL: Bs. 100.276,20.-
- I.3. Auto de Vista.
- confirmó
- I.4 Motivos del recurso de casación.
- CONSIDERANDO II:
- II.1. Fundamentación y motivación de la presente decisión.
- el actor es un funcionario
- el actor era trabajador regular del Municipio;
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y tómese razón.
