improbada la Excepción Previa de Incompetencia
Corrida en traslado al demandante, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Bermejo del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija declaró improbada la Excepción Previa de Incompetencia, en virtud a la irrenunciabilidad de los derechos laborales, la primacía de la Constitución Política del Estado, en consideración de la nueva línea jurisprudencial trazada por el Tribunal Supremo de Justicia de reconocer únicamente los derechos adquiridos de los funcionarios públicos que no constituyen Beneficios Sociales, citando los Autos Supremos Nos 55/2012,118/2012 y 98/2014.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL
- Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Fragmento 5
- Auto Supremo Nº 583/2021
- Sucre, 20 de septiembre de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII-TJA. 415/2021
- Distrito: Tarija
- Magistrado Relator: Dr. Olvis Eguez Oliva
- :
- CONSIDERANDO I.
- I.1.Antecedentes del proceso.
- improbada la Excepción Previa de Incompetencia
- confirmando
- I.2. Sentencia.
- PROBADA EN PARTE LA DEMANDA
- TOTAL: Bs. 100.276,20.-
- I.3. Auto de Vista.
- confirmó
- I.4 Motivos del recurso de casación.
- CONSIDERANDO II:
- II.1. Fundamentación y motivación de la presente decisión.
- el actor es un funcionario
- el actor era trabajador regular del Municipio;
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y tómese razón.
