De la respuesta al recurso de casación.
De la revisión de obrados se observa que ante la notificación con el recurso de casación interpuesto por la parte actora (formulario de notificación de fs. 374), la demandada Silvana Justiniano Colombo no respondió a la referida impugnación, por lo que no corresponde realizar mayores consideraciones al respecto.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 789/2021
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Fragmento 8
- Distrito:
- VISTOS: El recurso de casación de fs. 364 a 372 interpuesto por Nils Jalil Soria Gascher contra el Auto de Vista Nº 86/2021 de 16 de abril de fs. 360 a 362 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de reivindicación, desocupación, entrega de bien inmueble más pago de daños y perjuicios seguido a instancia del recurrente contra Silvana Justiniano Colombo; el Auto de concesión de 17 de junio de 2021 a fs. 376; el Auto Supremo de Admisión Nº 617/2021-RA de 12 de julio de fs. 382 a 383 vta., todo lo inherente al proceso; y:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- CONSIDERANDO II:
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la respuesta al recurso de casación.
- CONSIDERANDO III:
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- III.1. De la acción reivindicatoria.
- El derecho de dominio
- el propietario que pretende reivindicar no necesariamente debió estar en posesión corporal o natural del bien, en consideración a que tiene la “posesión civi
- III.2. De la competencia de jueces en materia civil y comercial.
- CONSIDERANDO IV:
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
- Relator:
