Auto Supremo AS/0030/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0030/2022

Fecha: 22-Feb-2022

4.- Vulneración del principio de verdad material, previsto en los arts. 180-I de la CPE conexo con el 30 núm. 11) de la LOJ, vulneración del art. 48 del Decreto Reglamentario de la LGT y errónea aplicación del art. 181 del CPT, en lo que refiere al pago de prima anual de las gestiones 2017 y 2018.

Alegó que el Tribunal de alzada de manera errónea refirió que la Sentencia de primera instancia determinó el pago de prima anual de las gestiones 2017 y 2018, al verificar que la prueba de fs. 68 a 69 (declaraciones juradas), no es idónea para ser tomada en cuenta; no obstante, dicha prueba cuenta con toda la validez probatoria prevista por los arts. 79 de la Ley Nº 2492 y 7 párrafo 3º del DS Nº 27310; así también de manera errónea aplican el art. 181 del CPT; máxime si se toma en cuenta, que la presunción de utilidades ante la falta de presentación del balance general por parte del empleador, resulta inaplicable ante la existencia de prueba instrumental de descargo de fs. 68 a 69.