sobre decisiones asumidas por el Juez de primera instancia en la emisión de la Sentencia o durante el trámite del proceso
Conforme esta disposición, se establece que el recurso de casación tiene como finalidad la objeción de los fundamentos esgrimidos en el Auto de Vista, no así, reclamos sobre decisiones asumidas por el Juez de primera instancia en la emisión de la Sentencia o durante el trámite del proceso; para ello, la normativa procesal prevé otro tipo de mecanismos; en ese entendido, corresponde al recurso de casación orientar sus argumentos contra el Auto de Vista.
Por otra parte, para que este Tribunal, asuma una decisión anulatoria, corresponde al recurrente, establecer con absoluta precisión la trascendencia que tuviera la omisión que acusa, explicando de qué manera el agravio apelado, resultaría trascendental a los efectos de la decisión de la causa.
En el caso, además de cuestionar aspectos procesales de primera instancia, acusando directamente el actuar del Juez de la causa; y que fueron confirmados por el Tribunal de alzada, que resolvió sobre los puntos apelados y que fueron objeto de resolución en la Sentencia.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 108
- Sucre, 22 de febrero de 2022
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA en parte
- Fragmento 15
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recurso de casación.
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- 5.
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casación.
- El Tribunal de apelación por Auto N° 362/2021 de 15 de octubre de 2021, de fs. 437, concedió el recurso de casación, interpuesto por la Christian Gerry Eduardo Rojas; y cumpliendo con el art. 277 del CPC-2013, aplicable en la materia, de conformidad al art. 252 del CPT, este Tribunal, emitió el Auto de 24 de noviembre de 2021 de fs. 445, admitiendo el recurso interpuesto por la empresa demandada; que se pasa a resolver:
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- sobre decisiones asumidas por el Juez de primera instancia en la emisión de la Sentencia o durante el trámite del proceso
- En la forma
- En el fondo.
- 3 y 4.
- POR TANTO:
