6
6.- Existió violación e interpretación errónea de los arts. 4 y 158 del CPT, en cuanto a la valoración de la prueba; asimismo, de los arts. 197, 198, 199 y 200 del CPT, a efectos que no correspondía determinar el bono de antigüedad sobre 3 salarios mínimos nacionales a favor de los demandantes, violando el DS N° 23113 y N° 23470 y Auto Supremo N° 509 de 22 de julio de 2015.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 122
- Sucre, 22 de febrero de 2022
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- Fragmento 14
- Auto de Vista.
- REVOCÓ
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recurso de casación.
- 1
- 2.
- 3
- 4
- 5
- 6
- 7
- 8
- Petitorio.
- Solicitó, se case en parte el Auto de Vista recurrido y revoque la Sentencia Nº 74/2019 de 28 de junio y el Auto de complementación Nº 405/2019, declarando improbada la demanda en todas sus partes y sea conforme a derecho.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casació
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Doctrina y jurisprudencia aplicable al caso:
- Sobre la fundamentación y motivación, al resolver los recursos de apelación.
- una condició
- Sobre la congruencia en los fallos que resuelven la apelación.
- principio de congruencia
- ,
- Resolución del caso concreto
- En la forma.
- En el fondo.
- 1, 4, 5, 6.-
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devué
