Auto Supremo AS/0122/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2022

Fecha: 22-Feb-2022

Contestación.

Dispuesto el traslado del recurso de casación, mediante Decreto de 13 de septiembre de 2021 de fs. 381, los demandantes Edwin Adolfo Ferrufino Lino y Maximiliano Escobar Ajata, contestaron a fs. 383 a 385; argumentado que, con referencia a Edwin Adolfo Ferrufino Lino, correspondía reconocer el desahucio, debido a que se le entregó una carta de pre aviso que ya no se encontraba vigente.

Respecto al argumentó de bono de antigüedad, con relación a Edwin Adolfo Ferrufino Lino; alegó que, la empresa demandada desde un comienzo fue una empresa muy productiva, debido a la cantidad de afiliados y servicios que prestaba; por lo que, si existió grandes ganancias en la empresa.

Respecto a Edwin Adolfo Ferrufino Lino, refirió que considera que se encuentra sujeto a la Ley General del Trabajo, que realizó su trabajo por 15 años y 25 días, por lo que corresponde reconocer el desahucio y el bono de producción; finalmente solicitó, se rechace el recurso de casación interpuesto por la parte demandada.