CONTENIDO ADICIONAL
VISTOS: El recurso de casación de fs. 277 a 281, interpuesto por Erik Raúl Rollano, contra el Auto de Vista N° 130/2019 de 7 de agosto, de fs. 274 a 275, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso de pago de beneficios y derechos sociales, interpuesto por el recurrente, contra la Asociación Nacional de Suboficiales y Sargentos de las Fuerzas Armadas (ASCINALSS); la contestación de fs. 288 a 290; el Auto Nº 640/22 de 23 de noviembre de 2022 de fs. 291, que concedió el recurso; el Auto de 3 de mayo de 2023 de fs. 300, que admitió el recurso y todo lo que en materia fue pertinente analizar.
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Encabezado
- CONTENIDO ADICIONAL
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1.- El DS Nº 110 de 1 de mayo de 2009, tiene por objeto garantizar el pago de indemnización por tiempo de servicios de los trabajadores, una vez que se hubiese cumplido más de noventa (90) días de trabajo continuo, producido el retiro intempestivo de
- 2.- Por DS Nº 1549 de 8 de abril de 2013, el Gobierno central dispuso el incremento salarial en el sector privado para la gestión 2013, considerando como base de negociación el ocho por ciento (8%) del incremento instituido en dicho Decreto Supremo,
- 5.- El art. 3 del DS Nº 110 de 1 de mayo de 2010, señala
- 6.- El art. 9 de DS N° 28699 de 1 de mayo de 2006, instituye un plazo de 15 días, para realizar el pago de la liquidación de beneficios sociales y derechos laborales que correspondan al trabajador, luego de la desvinculación laboral; este plazo proce
- POR TANTO: Indemnización (6 meses)
