POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado, 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial y 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADOS los Recursos de Casación interpuestos por la Empresa ENDE ANDINA SOCIEDAD ANONIMA MIXTA y Cristian Francisco León Cruz, de fs. 208 a 210 y fs. 214 a 216 vta., respectivamente. Sin costas ni costos por existir doble recurso.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- Encabezado
- I. VISTOS
- II. ANTECEDENTES PROCESALES
- III. ARGUMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- IV. CONTESTACIÓN AL RECURSO DE CASACIÓN
- V. NORMAS LEGALES, DOCTRINALES Y JURISPRUDENCIALES APLICABLES AL CASO CONCRETO
- II. En caso que el empleador incumpla su obligación en el plazo establecido en el presente artículo, pagará una multa en beneficio del trabajador consistente en el 30% del monto total a cancelarse, incluyendo el mantenimiento de valor’” (negrillas y
- VI. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
- POR TANTO
